Seguridad Social en Aldaia

Seguridad social

Trámites en la Seguridad Social de Aldaia

Cita previa para la Seguridad Social en Aldaia

Utilice el servicio de cita previa de la seguridad social para realizar cualquier trámite o solicitar información sobre prestaciones o pensiones.

Es importante que contacte con la oficina de interés para solicitar la cita previa y comprobar que el trámite o gestión en la que está interesado se puede realizar presencialmente.

Pedir vida laboral en Aldaia

Para solicitar el informe de vida laboral en la Seguridad Social, puede hacerse de diferentes maneras: a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, por SMS, por teléfono o de forma presencial.

A través de la web de la Sede Electrónica de la Seguridad Social:

Accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social (sede.seg-social.gob.es), en la opción "Ciudadanos" y luego seleccionando "Informe de Vida Laboral".

Deberá autenticarse con alguno de los sistemas de identificación electrónica disponibles (DNI electrónico, certificado digital o cl@ve) y el informe se generará automáticamente para su consulta y descarga.

Por SMS

Si tiene su número de teléfono móvil registrado en la Seguridad Social, puede solicitar el informe enviando un SMS al 26757 con el siguiente formato: VIDA (espacio) NIF (espacio) Fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa).

Recibirá un mensaje de texto con un enlace para descargar el informe en formato PDF.

Por teléfono

Con una llamada al número 901 50 20 50, que es el teléfono de atención al ciudadano de la Seguridad Social.

Siga las instrucciones del sistema automatizado y facilite los datos que te soliciten. El informe será enviado a su domicilio por correo postal.

De forma presencial:

Puede obtener el informe de vida laboral acudiendo a una oficina de la Seguridad Social en Aldaia con su documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte). Una vez solicitado el informe lo recibirá en su domicilio por correo postal.

Obtener tarjeta sanitaria en Aldaia

Declaración de la renta

La tarjeta sanitaria es el documento que acredita el derecho a recibir asistencia sanitaria en España. Para obtenerla cumplir ciertos requisitos:

  1. Empadronamiento: Antes de solicitar la tarjeta sanitaria, es necesario estar empadronado en el municipio donde se reside. Si aún no lo ha hecho, acuda al Ayuntamiento o a la Junta Municipal de Aldaia para realizar el empadronamiento, llevando consigo la documentación necesaria, como el DNI, NIE o pasaporte, y un comprobante de domicilio.
  2. Afiliación a la Seguridad Social: Si es trabajador por cuenta ajena, su empresa se encargará de darle de alta en la Seguridad Social. Si es autónomo, debe darse de alta uno mismo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Si no trabaja y no tiene derecho a la asistencia sanitaria por otras vías consulte en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o en la Consejería de Sanidad de su comunidad autónoma para conocer las opciones disponibles.
  3. Solicitud de la tarjeta sanitaria: Una vez que esté empadronado y dado de alta en la Seguridad Social, debe acudir al centro de salud correspondiente a su domicilio para solicitar la tarjeta sanitaria. Necesitará presentar los siguientes documentos:
    • DNI, NIE o pasaporte.
    • Certificado de empadronamiento.
    • Documento acreditativo de estar dado de alta en la Seguridad Social (carta de alta, resolución de pensión, etc.) o de ser beneficiario de un titular.

El personal del centro de salud le entregará un volante provisional con el que podrá acceder a los servicios sanitarios hasta que reciba la tarjeta sanitaria definitiva en su domicilio por correo postal.

Recuerde que los trámites y requisitos pueden variar dependiendo de la comunidad autónoma, por lo que es recomendable consultar la información específica de la Consejería de Sanidad de tu región para cumplir todos los necesarios.

Darse de alta en la Seguridad Social

Para darse de alta en la Seguridad Social, ya sea como trabajador por cuenta ajena (empleado) o por cuenta propia (autónomo), debe seguir diferentes procesos en función de su situación laboral.

Alta como trabajador por cuenta ajena (empleado)

En este caso, es responsabilidad del empleador dar de alta al empleado en la Seguridad Social. La empresa debe realizar el trámite en el plazo máximo de los 10 días hábiles siguientes al inicio de la relación laboral. Para ello, el empleador debe:

  1. Comunicar el alta a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), proporcionando información sobre el contrato de trabajo, las condiciones laborales y los datos del trabajador.
  2. Asignar al trabajador un número de afiliación a la Seguridad Social, si aún no lo tiene.
  3. Una vez completado el proceso, el empleado recibirá un documento llamado "Documento de Afiliación" que acredita su alta en la Seguridad Social.

Alta como trabajador por cuenta propia (autónomo)

Si va a trabajar como autónomo, deberá darse de alta uno mismo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Para ello, debe seguir los siguientes pasos:

Darse de alta en Hacienda:

  1. Deberá dirigirse a la Agencia Tributaria de Aldaia y solicitar el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, mediante la presentación del modelo 036 o 037.
  2. Indicar la actividad económica que va a desarrollar, según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).
  3. Solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional, si aún no dispone de él.

Darse de alta en la Seguridad Social:

  1. Deberá acudir a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de Aldaia o realizar el trámite a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, en un plazo máximo de 60 días desde la fecha de alta en Hacienda.
  2. Rellenar y presentar el modelo TA.0521, junto con la documentación requerida, como el DNI, NIE o pasaporte, y el alta en Hacienda.
  3. Elegir la base de cotización y la cobertura de las prestaciones (contingencias comunes y profesionales, cese de actividad, etc.).

Una vez completado el proceso, estará dado de alta en la Seguridad Social como autónomo y podrá comenzar a ejercer su actividad.

Recuerde que los plazos y requisitos pueden variar, por lo que es importante informarse y cumplir con todas las obligaciones en cada caso.

Prestaciones de la Seguridad Social

Éstas son algunas de las diferentes prestaciones que concede la Seguridad Social al estar inscrito en el sistema:

  • Pensión de jubilación
  • Pensión de viudedad
  • Pensión por incapacidad permanente
  • Pensión de orfandad
  • Auxilio por defunción
  • Pensión/subsidio en favor de familiares
  • Prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
  • Prestaciones y servicios de trabajadores del mar
  • Renta activa de inserción
  • Protecciones por cese de actividad
  • Incapacidad temporal
  • Lesiones no invalidantes
  • Permanentes no invalidantes
  • Cuidado de menores con enfermedades graves

Horario de la Seguridad Social en Aldaia

El horario de atención habitualmente es de 8:00 de la mañana a 15:00 del mediodía. Le recomendamos que confirme el horario con la oficina seleccionada y si es necesario obtener cita previa para realizar el trámite correspondiente.

Oficinas de la Seguridad Social en Aldaia

Seguridad Social en Aldaia

Dirección:
Plaza Del País Valenciano Nº 1 Y 2 (Aldaia)
Código postal:
46960
Horario:
Lunes a Viernes 08:00-15:00
Teléfono:
96 1501581
Fax:
96 1510836

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